¿Conoces los detalles del impuesto de sociedades?
La Norma Foral 2/2018, de 21 de marzo, introdujo una importante modificación sobre cómo presentar el impuesto de sociedades en Bizkaia. Estableció la obligatoriedad de realizar un pago fraccionado a cuenta del impuesto sobre sociedades en determinados supuestos mediante la presentación de un nuevo modelo: el modelo 203 (para las sociedades que tributan en régimen individual) o modelo 223 (para los grupos fiscales).
¿Estás obligado a presentar el impuesto de sociedades en Bizkaia?
Deben presentar el impuesto de sociedades en Bizkaia todas las entidades sometidas al impuesto, en especial las que tengan la consideración de mediana o gran empresa y las sociedades patrimoniales.
¿En qué caso no es necesario presentarlo?
No será obligatoria la presentación en los supuestos en que, de acuerdo con las normas reguladoras de los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades no deba efectuarse ingreso alguno en concepto de pago fraccionado del citado impuesto en el período correspondiente.
Asimismo, no deberán efectuar el pago fraccionado las siguientes entidades:
- Las que tengan la consideración de microempresa o pequeña empresa.
- Las que tributen a los tipos de gravamen establecidos en los apartados 4 y 5 del artículo 56 de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades: algunas Instituciones de Inversión Colectiva, los Fondos de Pensiones y algunas Entidades de Previsión Social Voluntaria.
¿Cómo se calcula el impuesto de sociedades?
La cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar el porcentaje del 5% a la base de cálculo. La base para calcular el pago fraccionado será la base imponible del último período impositivo cuyo plazo de autoliquidación estuviese vencido a 1 de octubre.
En el supuesto de que no se hubiera presentado la autoliquidación del impuesto sobre sociedades, estando obligado a ello, se tomará como base la base imponible de la última autoliquidación presentada o, en su caso, liquidación practicada. Si el ejercicio tuvo una duración inferior al año, la base imponible se elevará al año hasta completar un período de 12 meses.
De la cuota resultante se deducirán las retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre los ingresos del contribuyente correspondientes al periodo impositivo a que se refiere el apartado anterior. El pago fraccionado tendrá la consideración de deuda tributaria y será deducible de la cuota efectiva del impuesto.
¿Cuándo presentar el impuesto de sociedades en Bizkaia?
En los primeros 25 días naturales del mes de octubre de cada año. No obstante, en el caso de las empresas que tributan en cifra relativa, los plazos y modelos de impresos son los establecidos por cada una de las Administraciones.
Normativa vigente a consultar
- ORDEN FORAL 1154/2018, de 27 de junio, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 203 de pago fraccionado a cuenta del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes.
- NORMA FORAL 11/2013, de 5 de diciembre, del impuesto sobre sociedades.
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