Cuotas de Autonomos 2019
Desde enero del 2019 los autónomos se ven afectados por cambios en la normativa que afectan a sus cotizaciones. A continuación comentamos las principales novedades.
Base de Cotización y cuota
Si bien es sabido que cada año las bases de cotización se incrementan, desde este nuevo año se ven también modificados los tipos de cotización.
Desde el 1 de enero los autónomos están obligados a cotizar por contingencias que hasta ahora eran opcionales, lo que supone que tendrán derecho a coberturas en caso de accidente de trabajo y al conocido como “paro” de autónomos.
El cambio se ha producido de manera automática, y ha afectado de diferente manera en las cuotas de quienes ya venían cotizando por estas prestaciones. Principalmente, porque la cobertura por accidentes de trabajo, la cual dependía del riesgo de la actividad desarrollada de acuerdo al CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de su actividad, oscilaba en muchos casos entre el 2% o 3% de la cotización. Desde este año dicha cotización es un 0,9% para todos los autonomos.
A continuación, se muestra una tabla con la evolución de los tipos de cotizacion para el caso de estar de alta en un CNAE cuyo tipo de cotización era del 2%:
La base mínima de cotización en 2019 ha quedado en 944,40 y la máxima en 4.070,10.
944,40 x30%= 283,32€ mensuales de cuota
Bonificaciones
Se mantienen las bonificaciones en los primeros año de actividad, aunque la cuota los 12 primeros meses pasa de 50€ a 60€ euros mensuales.
Prestación de desempleo
La protección por cese de actividad (el “paro”) tiene una mejora más, pasando a tener una duración máxima de dos años, según sean los meses cotizados:
Se observa, en definitiva, una ampliación y mejora de las prestaciones que durante tanto tiempo venían reclamando los autónomos, sin el temido aumento desproporcionado del gasto.
Leire Laspeñas