Tipos de retención en actividades profesionales, arrendamientos y otros

Estos son los tipo de retención más habituales que se deben de aplicar a partir del 12 de julio (salvo arrendamientos Bizkaia):

Descargar cuadro de retenciones 2015

Rentas del trabajo:  en Territorio Común se ha establecido una nueva tabla para el cálculo de retenciones, que es aplicable para los rendimientos que se satisfagan a partir del 12 de julio de 2015, pero las tablas de las Haciendas Forales no cambian.

En caso de rentas del trabajo, las empresas de Territorio Común podrán optar por regularizar el tipo de retención aplicable a partir de la primera nómina que satisfagan a partir del 12 de julio, o bien a partir de la primera nómina que satisfagan a partir del 1 de agosto (en este último caso, durante el mes de julio deberán aplicar los tipos de retención que venían aplicando hasta junio de 2015).

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