Obligaciones de los autónomos en los últimos meses del año
¿Cuáles son las obligaciones de los autónomos antes de que concluya 2021?
Septiembre es el mes en el que normalmente casi todos volvemos de las vacaciones y reanudamos nuestra actividad laboral, empezamos con nuevos proyectos de negocio y nos ocupamos de los diversos trámites que quizás habíamos pospuesto. Esto último es especialmente cierto para los trabajadores autónomos, que en septiembre deben ya empezar a pensar en las gestiones con la administración pública que inevitablemente deberán realizar antes de que acabe el año.
Todos esos trámites tienen un doble objetivo: organizar el cierre del año en curso y preparar el comienzo del próximo ejercicio.
Para facilitarte las cosas como trabajador autónomo, hoy en Serval Nervión, tu asesoría para empresas en Bilbao, queremos traerte un sencillo calendario que te ayudará a organizar los últimos meses de 2021. Si eres autónomo, estas son tus obligaciones pendientes:
Septiembre
El 20 de septiembre es la fecha límite para presentar la recapitulación de las operaciones intracomunitarias de julio y agosto a través del modelo 349. Además, y como siempre, el 30 de ese mismo mes se debe presentar la autoliquidación trimestral del IVA de julio, agosto y septiembre a través del modelo 303.
Octubre
El día 20 de octubre es una fecha límite para muchas de las obligaciones de los autónomos en los últimos meses del año. Concretamente se deberán presentar:
- Modelos 111 y 115, correspondientes a las retenciones del IRPF y alquileres del tercer trimestre del año.
- Modelo 349 de operaciones intracomunitarias del mes de septiembre, que deberá completarse antes de esta fecha.
- Modelo 123: declaración trimestral de retenciones por los rendimientos del capital mobiliario.
- Modelo 368: declaración trimestral del IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, televisión o electrónicos.
- Modelo 303: declaración trimestral del IVA, cuyo pago deberá realizarse antes de esta fecha.
- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF por ingresos a cuenta de la Renta.
- Modelo 131: pago fraccionado del IRPF por ingresos a cuenta de la Renta en régimen simplificado.
- Modelo 202: para pagos en diferido del Impuesto de Sociedades.
Como vemos, una sola fecha, pero cargada de trámites: para los autónomos y sus asesorías, octubre puede ser un mes de mucho trabajo, dependiendo de las características de cada negocio.
Noviembre
En noviembre, los trabajadores autónomos deberían marcar dos o tres fechas en su calendario, dependiendo de cuál sea su sector y otras cuestiones. Son para los siguientes trámites:
- Modelo 179: los autónomos que posean viviendas turísticas deberán presentar esta declaración informativa antes del día 2 de noviembre.
- Modelo 232: en este caso la fecha límite es el 30 de noviembre. El modelo 232 tiene como objetivo recoger las operaciones de 2020 vinculadas con países o territorios que estén considerados paraísos fiscales.
- Además, el día 5 de noviembre será el del segundo pago de la Declaración de la Renta para aquellas personas que hayan decidido fraccionarlo.
Diciembre
Último mes del año y últimos trámites para los autónomos. En diciembre hay dos fechas que los profesionales por cuenta propia deberían marcar en el calendario:
- Día 20 de diciembre: es cuando finaliza el plazo para la tercera aportación de las pymes y los autónomos societarios que hayan escogido declarar el Impuesto de Sociedades con pago en diferido.
- Día 30 de diciembre: último día para entregar el modelo 303 con la autoliquidación del IVA trimestral.
Como vemos, los últimos meses de 2021 implican mucho trabajo para los autónomos. Recuerda que estar al tanto de tus obligaciones y cumplir con todos los plazos te ayudará a evitarte muchos problemas en el futuro. Además, los últimos meses del año también deberían servirte para averiguar si puedes ahorrar en tu IRPF antes de que llegue diciembre. Y si no quieres tener que preocuparte por estas cuestiones, lo más recomendable será que confíes en una asesoría profesional como Serval Nervión.
Si tienes cualquier duda sobre tus trámites pendientes como trabajador autónomo, no lo dudes y contacta con nosotros en el 94 694 13 23 o en serval@servalnervion.com. Te atenderemos sin ningún tipo de compromiso.