Nuevos modelos tributarios 2018

Nuevos modelos tributarios 2018

En 2018 nos encontramos con 2 nuevos modelos tributarios que algunas empresas están obligadas a presentar:

1.-   Modelo 203 (223 para grupos de sociedades que tributen en régimen de consolidación fiscal): Pago a cuenta del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

2.-   Modelo 232: Operaciones con entidades vinculadas y las relacionadas con paraísos fiscales.

1.- MODELO 203– Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

Con la reforma de la Normas Forales sobre Impuesto de Sociedades, las Diputaciones han establecido un pago fraccionado para determinadas sociedades y para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2018, con las siguientes características:

  • La autoliquidación se presentará en los primeros 25 días naturales del mes de octubre del periodo impositivo que esté en curso el día 1 de octubre.
  • No estarán obligadas a realizar el pago fraccionado las entidades que sean microempresa o pequeña empresa, ni aquellas que tributen al 1% y al 0%.
  • La base para el cálculo será la base imponible del último periodo impositivo cuyo plazo de autoliquidación estuviese vencido a 1 de octubre.
  • La cuantía del pago fraccionado será el 5% de la base señalada en el apartado anterior, y de la cuota resultante se deducirán las retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre los ingresos del contribuyente.
  • El pago fraccionado tendrá la consideración de deuda tributaria  y será deducible de la cuota efectiva del impuesto.
  • No es obligatoria la presentación del modelo cuando la cuota a ingresar sea cero
  • La presentación telemática es obligatoria.

2.- MODELO 232– Declaración informativa de operaciones vinculadas

En el modelo 200 de autoliquidación del impuesto de sociedades correspondiente al ejercicio 2017 en Bizkaia, no hubo la obligación de declarar las operaciones vinculadas como en años anteriores. Por este motivo, la hacienda de Bizkaia ha creado un nuevo modelo para informar sobre dichas operaciones vinculadas: el Modelo 232.

Se regula la O.F. 1047/2018 de 12 de junio, por la que se aprueba el modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con paraísos o territorios calificados como paraísos fiscales, con las siguientes características:

  • La presentación del modelo se hará en el mes siguiente a los 10 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo al que se refiere la información a suministrar. Para las empresas que su ejercicio coincida con el año natural, la presentación se hará durante el mes de noviembre.
  • La presentación será obligatoria para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2017.
  • Estarán obligadas a presentarlo las entidades que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas que superen los 36.000 euros (sin incluir el IVA), salvo
    • Las realizadas con entidades del mismo grupo fiscal
    • Las ofertas públicas de venta o de ofertas públicas de adquisición de valores
    • Las realizadas con sus miembros o entidades del mismo grupo fiscal que sus miembros por las AIE y UTE
  • También obligatoria la presentación del modelo 232, cualquiera que sea el importe en los siguientes casos:
    • Las operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles
    • Las operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscale
  • Es obligatoria la presentación telemática

Desde Serval Nervión nos pondremos en contacto con todos nuestros clientes que estén obligados a la presentación.

 

M.Mar Alvarez

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