Comunicación de nuevos datos a la TGSS por parte de trabajadores en RETA

Comunicación de nuevos datos a la TGSS por parte de trabajadores en RETA

El Real Decreto 504/2022 entra en vigor

 

La comunicación de nuevos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social debe hacerse antes del 31 de octubre de 2023. El último martes de este mes es la fecha límite para cumplir con el Real Decreto 504/2022, de 27 de junio. Con este decreto se modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.

El objetivo de comunicar nuevos datos es facilitar el establecimiento de un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, en función de los rendimientos obtenidos por su actividad económica o profesional.

Plazo máximo para presentar los datos: 31 de octubre 2023

El RD 504/2022 establece que, en la fecha de entrada en vigor de este real decreto (02/01/2023), las personas trabajadoras que figuren de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), deberán comunicar nuevos datos, a los ya requeridos, a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), disponiendo de plazo máximo hasta el martes 31 de octubre de 2023.

La Dirección Provincial de la TGSS está enviando oficios para recordar las nuevas obligaciones, el fin del plazo para su cumplimiento, los datos concretos que deben comunicar a la TGSS y los canales que deben utilizar. También han indicado un fichero para facilitar el envío de los datos requeridos.

¿A quién afecta la comunicación de nuevos datos?

El Real Decreto 504/2022 establece la comunicación de nuevos datos a las personas trabajadoras autónomas que reúnan alguna de estas condiciones:

  1. Que ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administración, o presten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella.
  2. Que sean socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
  3. Que sean comuneros de comunidades de bienes o socios de sociedades civiles irregulares, salvo que su actividad se limite a la mera administración de los bienes puestos en común.
  4. Que sean socios trabajadores de sociedades laborales cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado con los que convivan alcance, al menos, el 50 por ciento, salvo que acrediten que el ejercicio del control efectivo de la sociedad requiere el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares.
  5. Que sean socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.

¿Qué datos concretos se deben presentar a la TGSS?

Se deben comunicar a la TGSS los siguientes datos:

  1. Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen.
  2. Desempeño del cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.
  3. Porcentaje de participación en el capital social, en el caso de que se encuentre en los supuestos 1 o 4 indicados anteriormente.

Formas de comunicar los nuevos datos

La comunicación de los datos indicados debe llevarse a cabo por medios electrónicos y podrá realizarse de las siguientes formas:

  • En el caso de que dispongas de un representante que tenga la condición de Autorizado al Sistema RED, este podrá realizar la comunicación. No obstante, la comunicación de los datos referidos tendrá que realizarse en todo caso por el Autorizado RED en el supuesto de que la sociedad o comunidad de bienes tenga ya asignado un Código Cuenta de Cotización.
  • En otro supuesto, la comunicación de los datos se podrá realizar a través del nuevo servicio «Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación CCC inicial». Está disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, ubicado en «Empresas – Afiliación, Inscripción y Modificaciones».

Por último, se informa de que la TGSS tiene a tu disposición los teléfonos 901 502 050 y 915 410 291 para realizar cualquier consulta relativa a la citada comunicación que tiene únicamente efectos informativos.

Adjuntamos un manual de instrucciones facilitado por la administración de la Seguridad Social que te puede ser de ayuda. Si necesitas más detalles o tienes dudas acerca de la comunicación de nuevos datos a la TGSS, contacta con nosotros. Llámanos al teléfono: 94 694 13 23 o escríbenos a: serval@servalnervion.com

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