Próxima Modificación del PGC pymes

Próxima Modificación del PGC pymes

El ICAC ha publicado el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por RD 1514/2007, de 16 de noviembre, el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por RD 1515/2007, de 16 de noviembre, las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por RD 1159/2010, de 17 de septiembre, y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos aprobada por el RD 1491/2001, de 24 de octubre.

La razón de esta modificación se debe a la necesidad de adaptar la contabilidad de las pymes en España a la Directiva 2013/34/UE Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013. Con este mismo fin, a través de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas y a través de la Disposición final primera se modificó el Código de Comercio aprobado por RD de 22 de agosto de 1885 y mediante la disposición cuarta se modificó la Ley de Sociedades de Capital.

Los cambios más destacables son:

1.-   Se amplían los límites para acogerse al PGC Pymes. Serán pyme las que durante dos ejercicios consecutivos no superen, a la fecha de cierre dos de las siguientes circunstancias:

        Pequeña                    Mediana  

  • Total Activo                            4.000.000             20.000.000
  • Importe C.Negocios              8.000.000             40.000.000
  • Nº medio de trabajadores            50                             250

Los criterios para exigir que una empresa sea auditada, de acuerdo a la Ley de Sociedades de Capital, sigue teniendo los mismos limítes:

  •       Total activo no supere 2.850.000
  •       Importe Neto de La Cifra de Negocio no supere 5.700.000
  •       Número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio   un sea superior a 50

Esto quiere decir que habrá pequeñas empresas que se tendrán que auditar.

2.-   Las Cuentas Anuales en el PGC Pyme, están compuestas por el Balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria. Se suprime el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

3.-   Nuevo tratamiento contable de los inmovilizados intangibles, el cual se irá amortizando a lo largo de su vida útil. En casos excepcionales en que la vida útil no pueda estimarse de manera fiable, dichos activos se amortizarán en un plazo que no será inferior a 5 años ni superior de 10 años. Esto va a afectar sobre todo al Fondo de comercio

4.-   Se simplifica el contenido de la memoria abreviada y de la memoria del PGC Pyme:

  •   Se suprime la nota de Aplicación del resultado
  •  Se simplifica la información en la nota de Activos financieros, pasivos financieros, fondos propios y situación fiscal
  •   Se elimina la nota de ingresos y gastos, subvenciones, donaciones y legados
  •   Se amplía la nota de Otra Información
  •   Se contempla en este proyecto de Real Decreto, que desaparezca el punto de información sobre aplazamientos de pago efectuado a proveedores.

Todos estos cambios son de aplicación para los ejercicios que se inician el 1 de enero de 2016.

Pilar Ramírez

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