CAMBIOS NORMATIVOS PARA EL 2016

CAMBIOS NORMATIVOS PARA EL 2016

Cambios normativos más importante que se van a producir en el 2016.

A continuación os enunciamos los cambios normativos más relevantes que se han producido y que van a producirse durante este ejercicio 2016.

Listados de Morosos

Se publicará, un listado de deudores que tengan una deuda superior a 1.000.000 euros. Esto se aplicara para aquellas deudas que estén en periodo ejecutivo. Los datos que saldrán a la luz serán el nombre, apellidos, razón social DNI/CIF y la cantidad adeudada.
Se publicara en el primer semestre del cada año el listado cerrado a 31 de diciembre del año anterior.
Excepcionalmente, en este primer año 2106, se publicara en le segundo semestre del 2016 el listado cerrado al 31 de marzo de 2016. Aunque se pague la deuda posteriormente al 31 de marzo, no se evitará la publicación del nombre en el segundo trimestre del 2016.

Nuevos Grupos Fiscales

Como consecuencia obligada de los cambios introducidos en la normativa de Territorio Común, se han incorporado dos novedades al perímetro de consolidación de los grupos fiscales:

  1. Incorporación en el grupo fiscal de entidades indirectamente participadas a través de otras que no forman parte del grupo fiscal.
  2. Posibilidad de optar por el régimen fiscal por parte de todas las entidades que cumplan los requisitos para ser consideradas dependientes, participadas de forma directa o indirecta por una misma sociedad matriz no residente en territorio español.

Norma Foral de Medidas

1. Impuesto de Sociedades

  • Patent Box. Se mantiene la reducción del 60% para el patent box interno
  • Operaciones Vinculadas. Se modifica para asemejarla a la normativa de Territorio Común
  • Agrupación de Interés Económico. Asimilación a la normativa de Territorio Común y otras.
  • Fondo de Comercio. Se mantiene la deducibilidad tanto del intangible como del financiero. Se rehace la Norma para dar continuidad a la deducción.
  • Sociedades Civiles. A diferencia de Territorio Común, se mantiene el régimen de atribución de rentas.
  • Deducción de intereses. No deducibilidad de los intereses de las liquidaciones tributarias con sanción administrativa

 2. Impuesto de la Renta de Personas Físicas

  • Estimación indirecta. Estimaciones indirectas basándose en datos actuales con sus ajustes correspondientes para fijas bases pasadas.
  • Subarriendo de vivienda. La deducción del 20% será aplicable a la diferencia entre lo que se paga y el arrendamiento.

 3. Norma foral General Tibutaria

  • Como consecuencia de la modificación de la Ley General Tributaria
  • No habrá modificaciones en el procedimiento de inspección aunque en Territorio Común se haya modificado.
  • Se va a modificar el procedimiento de gestión para mayores garantías, cambio en el procedimiento de comprobación limitada.
  • Se ha producido una modificación del Código Penal en el delito contra Hacienda Pública si hay cuota dolosa en una comprobación. Si toda la cuota es dolosa, (ha habido una intención en la actuación del contribuyente) habrá una liquidación (no un acta) y podrá ir contra todas las personas investigadas. Si hay una cuota con parte dolosa y parte no dolosa, habrá una liquidación por la parte dolosa y un acta para la parte no dolosa.

NUEVA NORMA FORAL DE CATASTRO Y DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, que entrará en vigor el 1 de enero de 2017

NUEVA NORMA FORAL DE ADAPTACIÓN DEL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES al derecho civil Foral vasco

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