Actualización normativa contable

Actualización normativa contable

El 17 de diciembre, ha salido publicado el Real Decreto por el que se modifica el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, ambos del 16 de noviembre de 2007, así como las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas del 17 de septiembre de 2010, y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, del 24 de octubre de 2010.

Las principales modificaciones que el Real Decreto introduce en la Normativa contable son las siguientes:

  • Innmovilizados intangibles.
    • Eliminación de vida indefinida debiéndose amortizar durante el periodo que dicho bien genere rendimientos económicos, con un límite máximo de 10 años.
  • Simplificación de las obligaciones contables para las cuentas anuales normales y abreviadas:
    • Se elimina la obligatoriedad de elaborar el estado de cambios en el patrimonio neto para abreviadas.
    • Se reduce de forma significativa los desgloses exigidos en las cuentas anuales abreviadas.
    • Cambios de criterio para formular cuentas anuales abreviadas.
  • Para la PYME:
    • Se elimina la obligatoriedad de elaborar el estado de cambios en el patrimonio neto.
    • Se reduce la información a incluir en la memoria en las siguientes áreas: actividad de la empresa, aplicación del resultado, activos financieros, pasivos financieros, fondos propios, situación fiscal, subvenciones, donaciones y legados, ingresos y gastos y operaciones con partes vinculadas.
  • Modificación de las situaciones que eximen de la obligación de formular cuentas consolidadas y de las sociedades que pueden ser excluidas de la consolidación por alguna de las causas siguiente:
    • Que no sea posible por razones justificadas, obtener la información necesaria para elaborar los estados financieros consolidados.
    • Que el objetivo de la tenencia de las acciones/participaciones sea su enajenación posterior.
    • Que existan restricciones que obstaculicen el control de la Sociedad

El Real Decreto es de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.

 

Pilar Ramirez

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